Disposición adicional segunda. Sustancias y preparados psicotrópicos.
Disposición adicional segunda de la Orden de 14 de febrero de 1997 por la que se establecen determinados requisitos en la prescripción y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales para tratamientos peculiares. · BOE-A-1997-4089
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-03-18.
Texto consolidado
La elaboración, conservación, prescripción y dispensación de los preparados que incluyen sustancias psicotrópicas, estarán sujetas a la normativa vigente sobre sustancias y preparados psicotrópicos.
Más artículos de BOE-A-1997-4089
- ← Disposición adicional primera. Carácter básico y de legislación sobre productos farmacéuticos.
- → Disposición adicional tercera. Plantas medicinales.
- Ver la norma completa: Orden de 14 de febrero de 1997 por la que se establecen determinados requisitos en la prescripción y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales para tratamientos peculiares.