Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de Organos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. · BOE-A-1987-14115
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-07-07.
Texto consolidado
La Administración Pública correspondiente procederá al descuento de la cuota sindical sobre las retribuciones de los funcionarios públicos afiliados a las Organizaciones Sindicales y a la correspondiente transferencia a solicitud de estas y previa conformidad siempre por escrito del funcionario.