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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Municipios de gran población.

Disposición adicional segunda de la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón. · BOE-A-2013-11337

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-25.

Texto consolidado

En los municipios de gran población podrán crearse, por el Pleno de la Corporación, cuerpos de funcionarios para el ejercicio exclusivo de las funciones de ordenación, señalización y dirección del tráfico en el casco urbano. Dichos funcionarios no se integrarán en la Policía Local y, en el ejercicio de esas funciones, tendrán la consideración de agentes de la autoridad, subordinados a los miembros de la respectiva Policía Local.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-09-25.

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