Disposición adicional segunda. Adaptación de las fundaciones e instituciones públicas científicas de las Illes Balears.
Disposición adicional segunda de la Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, la tecnología y la innovación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-15291
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-10.
Texto consolidado
Las fundaciones e instituciones públicas en materia de investigación, tecnología e innovación existentes en la actualidad en el ámbito de las Illes Balears deben adaptar sus estatutos y funcionamiento a lo establecido en esta ley, en el plazo de dos años.