Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 7/1991, de 5 de abril de asistencia y protección al anciano. · BOE-A-1991-12095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-09.
Texto consolidado
Se adscribe al Organismo autónomo Establecimientos Residenciales para Ancianos de Asturias la plantilla de personal vigente, a la entrada en vigor de esta Ley, de los Centros dependientes del Principado de Asturias denominados Residencias de Tercera Edad «El Cristo» y «San Lázaro», ambas en Oviedo.