Disposición adicional segunda. Prohibición de divisiones.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. · BOE-A-2013-1427
Atención: Ley 5/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
No se podrán autorizar segregaciones cuando de dicha segregación se derive el incumplimiento en alguna de las unidades de las condiciones previstas en el Anexo.
El carácter de indivisible de la unidad constará en el Registro de la Propiedad de conformidad con la legislación hipotecaria.