Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 5/1998, de 3 de agosto, de Creación de la Universidad Politécnica de Cartagena. · BOE-A-1999-4974
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-08-08.
Texto consolidado
Se crea una Comisión de Transferencias, presidida por el titular de la Consejería de Cultura y Educación o persona en quien delegue, de la que formarán parte el Director general de Universidades, cuatro miembros designados por la Universidad de Murcia y otros cuatro designados por la Universidad Politécnica de Cartagena. Esta Comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley.