Disposición adicional segunda. Sistema de señalización.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2019, de 3 de abril, de venta local de productos agroalimentarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7281
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-26.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno de la Región de Murcia, a través de las direcciones competentes en materia de agricultura y turismo, desarrollará un sistema de señalización visible en las carreteras y localidades de la comunidad autónoma, que permita identificar tanto las unidades de producción donde se ejerce la venta directa, como el resto de los establecimientos que incluyen productos de canales cortos de comercialización.