Disposición adicional primera. Adaptación de requisitos higiénicos a pequeñas empresas.
Disposición adicional primera de la Ley 4/2019, de 3 de abril, de venta local de productos agroalimentarios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7281
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-26.
Texto consolidado
El Gobierno de la Región de Murcia podrá hacer extensibles las adaptaciones en materia de higiene de los alimentos previstas en el artículo 8 a las pequeñas empresas cuyas condiciones y volumen de producción de productos transformados sean equivalentes a las fijadas para la venta local que regula esta ley.