Disposición adicional segunda. Sustitución de personal laboral fijo que desempeñe puestos de trabajo clasificados como propios del personal funcionario.
Disposición adicional segunda de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-7752
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-22.
Texto consolidado
1. Podrán efectuarse nombramientos de personal funcionario interino para sustituir transitoriamente al personal laboral fijo que ocupe puestos de trabajo que hayan sido declarados a amortizar por su clasificación como propios de personal funcionario.
2. Los nombramientos y ceses se regirán por lo establecido en los artículos 8.1.b) y 9.
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