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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer.

Disposición adicional segunda de la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón. · BOE-A-2007-11593

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-10.

Texto consolidado

1. Se crea el Observatorio Aragonés de Violencia sobre la Mujer, como órgano colegiado adscrito al Departamento competente en materia de mujer, al que corresponderá el asesoramiento, evaluación, colaboración institucional, elaboración de informes, estudios y propuestas de actuación en materia de violencia sobre la mujer.

2. Reglamentariamente, se determinarán sus funciones, régimen de funcionamiento y composición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-10.

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