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Ley Derogada

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía. · BOE-A-2005-7988

Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los miembros del Consejo Consultivo que mantengan una relación de servicios con una Administración Pública distinta de la Administración de la Junta de Andalucía requerirán para su incorporación la autorización de aquélla.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-05-08.

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