El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Validez reconocimiento explotación prioritaria, singular o preferente.

Disposición adicional segunda de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2004-12396

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-07.

Texto consolidado

El título de reconocimiento de explotación prioritaria, singular o preferente tendrá validez por cinco años y será renovado a petición de su titular, que igualmente deberá cumplir las condiciones establecidas para el reconocimiento inicial, para que esta renovación tenga efecto. No obstante, quienes sean titulares deberán comunicar a la consejería, las variaciones y modificaciones que se produzcan en relación con los datos inscritos.#df

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-07.

Más artículos de Ley 4/2004

En El Vínculo puedes leer Ley 4/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.