Disposición adicional segunda. Reparto de beneficios del Banco de España.
Disposición adicional segunda de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
(Derogada)
Se derogada por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 12/1998, de 28 de abril. Ref. BOE-A-1998-10047
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1998-10047.