Disposición adicional segunda. Reducción en la cotización por contingencias comunes.
Disposición adicional segunda de la Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos. · BOE-A-2010-12616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-06.
Texto consolidado
Los trabajadores autónomos acogidos al sistema de protección por cese en la actividad tendrán una reducción de 0,5 puntos porcentuales en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
Más artículos de Ley 32/2010
- ← Disposición adicional primera. Duración de la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos a partir…
- → Disposición adicional tercera. Información de los órganos gestores.
- Ver la norma completa: Ley 32/2010, de 5 de agosto, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.