Disposición adicional segunda. Centros Públicos de Educación Especial.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2020, de 29 de octubre, del sistema de préstamo de los libros de texto de Extremadura. · BOE-A-2020-14051
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-05.
Texto consolidado
Reglamentariamente se atenderá a las particularidades que presente la aplicación de la presente Ley a los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Especial, bajo el mismo principio de gratuidad y con asignaciones presupuestarias acordes a la naturaleza de los libros empleados.