Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2017, de 3 de febrero, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-02-10.
Texto consolidado
El plan de desarrollo de medidas de microeficiencia en hogares en situación de vulnerabilidad social desarrollado en el artículo 8 de la presente ley deberá estar aprobado antes de transcurridos seis meses después de su entrada en vigor.