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Ley Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consejo Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca y la Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal. · BOE-A-2011-7339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-03.

Texto consolidado

De las transferencias que realice el Estado a la comunidad autónoma en virtud de los convenios citados en los artículos 2 y 4 de esta ley, la comunidad autónoma debe transferir al Consejo Insular de Menorca el porcentaje correspondiente a la gestión del Museo de Menorca, de la Biblioteca Pública y del Archivo Histórico de Maó.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-03.

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