Disposición adicional segunda. Perspectiva de género.
Disposición adicional segunda de la Ley 3/2005, de 25 de abril, de Universidades de la Región de Murcia. · BOE-A-2006-8790
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-05-31.
Texto consolidado
La Consejería de Educación y Cultura y las universidades deben promover acciones para alcanzar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos universitarios.