Disposición adicional segunda. Actualización de cuantías.
Disposición adicional segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. · BOE-A-1998-16718
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-14.
Texto consolidado
El Gobierno queda autorizado para actualizar cada cinco años las cuantías señaladas en esta Ley, previo informe del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado.