Disposición adicional segunda. Revisión de la cuantía de las multas y las expresadas como criterios de gradación.
Disposición adicional segunda de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía. · BOE-A-2008-3178
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-16.
Texto consolidado
Se habilita al Consejo de Gobierno para que reglamentariamente revise el importe de las multas previstas en esta ley y las cuantías expresadas como criterios de gradación.