El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Cómputo de plazos.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-13672

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-28.

Texto consolidado

En los plazos señalados en esta ley no sometidos a normas específicas, se aplicarán las siguientes reglas:

a) Los que se refieran a relaciones de la cooperativa con los socios o con terceros, o de éstos entre sí, si se indican por días, se entenderán como días naturales y si se señalan por meses o años, se computarán de fecha a fecha.

Los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trata.

b) Los que se refieran a relaciones con las Administraciones públicas, se computarán según lo dispuesto en el artículo 30 y en las disposiciones concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-28.

Más artículos de Ley 2/2023

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.