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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Vías de escalada equipadas.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, de los senderos señalizados de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7279

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

Texto consolidado

Las vías de escalada equipadas por las cuales se hacen ascensiones en paredes de roca en el medio natural o rural y que cumplan las condiciones de la Declaración de Espuña de Escalada Sostenible serán homologadas y autorizadas siguiendo el mismo procedimiento regulado en esta ley para los senderos señalizados, debiendo incluir informe preceptivo para los senderos de acceso a la vía de escalada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-07.

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