Disposición adicional primera. Marcas oficiales de recorridos y modalidades de itinerarios.
Disposición adicional primera de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, de los senderos señalizados de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
Los senderos señalizados de carácter pedestre objeto de esta ley estarán identificados por las marcas protegidas y registradas por la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME) y, subsidiariamente, por la Federación de Montañismo de la Región de Murcia (FMRM).