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Ley Derogada

Disposición adicional segunda. Residencia oficial del Presidente.

Disposición adicional segunda de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón. · BOE-A-2009-9390

Atención: Ley 2/2009 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Gobierno dispondrá, para uso del Presidente, de una residencia oficial, con el personal, servicios y dotación correspondientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-06-08.

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