Disposición adicional segunda. Integración de centros en la red pública.
Disposición adicional segunda de la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2024-901
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-04.
Texto consolidado
El departamento competente en materia de educación, atendiendo a sus necesidades ordinarias de planificación y de acuerdo con la ley, desarrollará el régimen que permita la integración de centros educativos privados en la red de titularidad pública, tras recabar la conformidad de dichos centros.