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Ley Derogada

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre, de creación de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears. · BOE-A-2017-267

Atención: Ley 16/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Una vez elegido el director o la directora de la Oficina se podrá convocar un concurso de traslado o cualquiera otro sistema permitido en derecho para que funcionarios de cualquier administración pública se puedan incorporar a la estructura administrativa de la Oficina a fin y efecto de optimizar el personal al servicio de las administraciones públicas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-16.

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