Disposición adicional segunda. Asignación de profesional de referencia.
Disposición adicional segunda de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo. · BOE-A-2024-899
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
En el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la presente ley, se asignará un profesional o una profesional de referencia a todas las personas inscritas en Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo como demandantes de servicios de empleo y con residencia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La asignación se comunicará a las personas interesadas.