Disposición adicional segunda. Regulación del Consejo Vasco de Familia.
Disposición adicional segunda de la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. · BOE-A-2011-15727
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-23.
Texto consolidado
El Gobierno Vasco regulará, en un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley, las funciones, la composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Vasco de Familia.