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Ley Vigente

Disposición adicional segunda. Planes de conciliación de ámbito local.

Disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 3 de abril, por la que se promueve la adopción en el ámbito público y privado de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a la eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León. · BOE-A-2019-6612

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-09.

Texto consolidado

En el plazo máximo de doce meses desde la aprobación del Plan autonómico de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes y las diputaciones provinciales aprobarán sus respectivos planes locales para el fomento de la conciliación y corresponsabilidad familiar, y la eliminación de la brecha salarial de género, siendo su periodicidad quinquenal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-04-09.

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