Disposición adicional segunda. Categorías de los puertos deportivos.
Disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales. · BOE-A-2020-443
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-30.
Texto consolidado
El reglamento que debe regular la forma y los efectos de las categorías de los puertos deportivos a que se refiere el artículo 8 debe aprobarse en el plazo de un año a contar de la fecha de entrada en vigor de la presente ley.
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