Disposición adicional segunda. Legislación específica aplicable a las entidades del tercer sector social.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2020, de 3 de febrero, del Tercer Sector Social de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-4473
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-07.
Texto consolidado
Las entidades del tercer sector social se regirán por la legislación específica aplicable a la forma jurídica que hayan adoptado. La consideración de una entidad como perteneciente al tercer sector social no excusa el cumplimiento de las obligaciones que le vengan impuestas por su personalidad jurídica.
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