Disposición adicional segunda. El reconocimiento de nuevas modalidades deportivas.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias. · BOE-A-2019-2713
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-08.
Texto consolidado
El reconocimiento de nuevas modalidades deportivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias se desarrollará reglamentariamente, atendiendo a los valores sociales, culturales, educativos, recreativos y de salud que promueve esta ley.