Disposición adicional segunda. Convalidación de la formación.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2018-7516
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la Consejería competente en materia de coordinación de policías locales, previa comunicación a la Consejería competente en materia de educación, someterá al ministerio competente en materia de educación la tramitación de los expedientes de convalidación y equivalencia de los estudios que se cursen en el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias, al objeto de su equivalencia al título técnico correspondiente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-7343.
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