Disposición adicional segunda. Formación de las personas mediadoras en Castilla-La Mancha.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-15.
Texto consolidado
La Consejería competente en materia de familia podrá colaborar con la Universidad, los colegios profesionales y otras entidades para la organización y el desarrollo de cursos de formación especializada en materia de mediación social y familiar con el fin de asegurar la debida calidad de los servicios de mediación prestados y controlar la adecuada formación inicial y continua de los mediadores.
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