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Ley Derogada

Disposición adicional segunda. Convenios entre entes del sector público autonómico.

Disposición adicional segunda de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2011-5202

Atención: Ley 1/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón podrán celebrar convenios entre sí de acuerdo con lo dispuesto en la presente ley, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa reguladora de la Administración de la Comunidad Autónoma y de los contratos del sector público.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

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