Disposición adicional segunda. Elaboración del Plan Rector de Uso y Gestión.
Disposición adicional segunda de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de declaración del Parque Nacional de Monfragüe. · BOE-A-2007-4461
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-04.
Texto consolidado
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Ley se aprobará el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional. En tanto se produce tal aprobación, de forma transitoria, la administración gestora adoptará las medidas de gestión que estime oportunas y otorgará las autorizaciones procedentes de acuerdo con lo señalado en la presente Ley y en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado por Decreto 186/2005 de la Junta de Extremadura.