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Decreto-ley Foral Derogada 2 redacciones

Disposición adicional segunda. Habilitaciones a las autoridades sanitarias de conformidad con la normativa de sanidad y salud pública.

Disposición adicional segunda del Decreto-Ley Foral 7/2020, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas preventivas extraordinarias para hacer frente a la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19), una vez superada la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. · BOE-A-2020-10492

Atención: Decreto-ley Foral 7/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

(Derogada).#dd

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-08-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto-ley Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19..

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