El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda del Decreto-ley 8/2020, de 24 de marzo, de modificación parcial del Decreto-ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, y de adopción de otras medidas complementarias. · BOE-A-2020-5268

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-25.

Texto consolidado

A efectos de lo que dispone el artículo 3 de Decreto-ley 6/2020, de 12 de marzo, de medidas urgentes en materia asistencial, presupuestaria, financiera, fiscal y de contratación pública, con el fin de paliar los efectos de la pandemia generada por el coronavirus SARS-CoV-2:

1. Se autoriza al Gobierno a prestar un aval de hasta un importe máximo de 750 millones de euros, para garantizar el riesgo que asumen el Instituto Catalán de Finanzas y Avalis de Catalunya, SGR, en garantía del 80% del principal de los préstamos que las entidades financieras otorguen a autónomos y empresas para paliar los efectos de la pandemia a los que se refiere el citado Decreto-ley.

2. El importe del fondo a constituir por 188 millones de euros será un importe inicial que se podrá revisar en sucesivos ejercicios, según las necesidades que se produzcan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-25.

Más artículos de Decreto-ley 8/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 8/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.