Disposición adicional segunda. Derecho supletorio.
Disposición adicional segunda del Decreto-Ley 2/2009, de 12 de mayo, del Gobierno de Aragón, de medidas urgentes para la promoción del empleo. · BOA-d-2009-90090
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-20.
Texto consolidado
En lo no regulado expresamente en el presente Decreto-ley, se aplicará supletoriamente lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con lo establecido en su artículo 3 y en su Disposición Final Primera y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003.