El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente 3 redacciones

Disposición adicional segunda. Evaluación ambiental estratégica.

Disposición adicional segunda del Decreto legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León. · BOCL-h-2015-90590

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-10-29.

Texto consolidado

1. En el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, la evaluación ambiental estratégica de los planes y programas a los que se refiere la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, que deban ser adoptados o aprobados por la Administración de la Comunidad Autónoma o por la Administración Local, se regirá por lo establecido en la mencionada Ley, sin perjuicio de su aplicación como legislación básica, y por lo establecido en el artículo 50.2 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre.

2. El órgano ambiental en la Comunidad de Castilla y León a los efectos de la evaluación ambiental estratégica de los planes y programas señalados en el apartado 1, será la Consejería competente en materia de medio ambiente.

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.2 del Decreto-ley 4/2022, de 27 de octubre. Ref. BOCL-h-2022-90332#a1

Se modifica el apartado 1 por el art. 12.2 del Decreto-ley 2/2022, de 23 de junio. Ref. BOCL-h-2022-90195

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-10-29.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2022-90332.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/2015

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.