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Circular Vigente

Disposición adicional segunda. Determinación del año de gas 2021.

Disposición adicional segunda de la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado. · BOE-A-2019-18398

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-12-24.

Texto consolidado

A efectos de determinar la retribución de las instalaciones de una empresa, el año de gas 2021 se iniciará el 1 de enero de 2021 y finalizará el 30 de septiembre de 2021.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-12-24.

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