Disposición adicional segunda. Revisión de la metodología.
Disposición adicional segunda de la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural. · BOE-A-2020-8556
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-26.
Texto consolidado
1. Con carácter general, las metodologías establecidas en la presente circular serán revisadas cada seis años.
2. Las metodologías establecidas en la presente circular podrán revisarse, con carácter excepcional, si se producen circunstancias especiales debidamente justificadas: cambios regulatorios que afecten a la estructura o a los componentes que se enumeran en los artículos 6, 19 y 28, o modificaciones en la normativa europea con impacto en la misma, ya sea directo o indirecto.
3. Con anterioridad al 31 de mayo de 2024 se realizará una consulta pública sobre la metodología aplicable a la determinación de los peajes de acceso a las redes de transporte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.5 del Reglamento (UE) n.º 2017/460.
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