Disposición adicional segunda. Desarrollo normativo.
Disposición adicional segunda del Acuerdo de 27 de marzo de 2006, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. · BOE-A-2006-6086
Atención: BOE-A-2006-6086 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El desarrollo normativo del presente Estatuto corresponde a las Mesas del Congreso y del Senado en reunión conjunta, oída la Junta de Personal.
2. La aplicación del presente Estatuto corresponde a los Secretarios Generales de las Cámaras, así como, respecto de los servicios que dependan de cada uno de ellos, el ejercicio de las competencias que en el mismo y en sus normas de desarrollo no se atribuyan a otro órgano o autoridad.
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