DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL del Real Decreto 1820/1991, de 27 de diciembre, por el que se incluye en el Régimen General de la Seguridad Social a los Ciclistas profesionales. · BOE-A-1991-30810
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-02-01.
Texto consolidado
Se modifica la descripción de los trabajos incluídos en el epígrafe 121 de la tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, aprobada por Real Decreto 2930/1979, de 29 de diciembre, que queda redactada en los siguientes términos:
«Enfermeros y Guardias de manicomios. Profesores de artes marciales, Gimnastas y Socorristas. Jugadores profesionales de fútbol. Ciclistas profesionales y otros deportistas profesionales integrados en el sistema de la Seguridad Social que no tengan señalado otro epígrafe especial.»