Disposición adicional.
Disposición adicional del Real Decreto 1576/1990, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión en el sistema de la Seguridad Social de pensiones extraordinarias motivadas por actos de terrorismo. · BOE-A-1990-29699
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-12-08.
Texto consolidado
Cuando el beneficiario de la pensión extraordinaria de invalidez permanente, reconocida al amparo del presente Real Decreto, falleciera por causa distinta de las lesiones producidas por el acto terrorista, podrá causar pensiones de muerte y supervivencia en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, aplicando el porcentaje de la pensión de que se trate sobre la base reguladora determinada a efectos de la pensión extraordinaria de invalidez permanente.