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Real Decreto Derogada

Disposición adicional.

Disposición adicional del Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones genéricas y específicas de productos alimentarios. · BOE-A-1985-19058

Atención: Real Decreto 1573/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Aquellos productos alimentarios amparados por Denominación Genérica o Específica podrán ostentar la Marca Alimentaria de Calidad de acuerdo con lo regulado en el Real Decreto que establezca su régimen jurídico, que se elaborará a propuesta de los Ministerios de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-09-07.

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