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Real Decreto Legislativo Vigente

Disposición adicional quinta. Competencias de las Comunidades Autónomas en materia de ordenación del territorio.

Disposición adicional quinta del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. · BOE-A-2001-14276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

Texto consolidado

Las posibles limitaciones en el uso de suelo y reservas de terreno, previstas en los artículos 6, 11, 20, 1.d), 43 y 96 de esta Ley, se aplicarán sin menoscabo de las competencias que las Comunidades Autónomas puedan ejercer en materia de ordenación del territorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-25.

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