Disposición adicional quinta. Condiciones básicas y de accesibilidad para las personas con discapacidad.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. · BOE-A-2009-9481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-08.
Texto consolidado
En todos los ámbitos regulados en el presente reglamento se cumplirán los requisitos exigidos por las disposiciones relativas a la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.