Disposición adicional quinta. Actuaciones en materia de gestión de medios y servicios.
Disposición adicional quinta del Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación. · BOE-A-2020-2740
Atención: Real Decreto 404/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Por parte del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se seguirán prestando los servicios comunes que resulten necesarios para mantener el funcionamiento ordinario del Ministerio de Ciencia e Innovación, y, en particular, los relativos a administración digital y tecnologías de la información y comunicaciones.
2. En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la Subsecretaría de Ciencia e Innovación promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Atendiendo a su régimen competencial singular, en las unidades y en los organismos adscritos actuales o futuros, podrá existir una dependencia orgánica diferente para sus unidades TIC.
Más artículos de Real Decreto 404/2020
- ← Disposición adicional cuarta. Organismo autónomo Instituto de Salud Carlos III.
- → Disposición adicional sexta. Coordinación interministerial en el ámbito de la ciencia, la innovación y las universida…
- Ver la norma completa: Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.